miércoles, 29 de marzo de 2017

Los contratos laborales ahora serán de por vida



Con la sentencia  constitucional 009/17,  el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) eliminó los  límites de temporalidad de los contratos laborales que estaban establecidos en el artículo 12 de la Ley General del Trabajo (LGT), por eso ahora  la relación contractual será "de por vida”, explicó ayer el economista y analista laboralista, Rodolfo Eróstegui.
Página Siete / J. Carlos Palacios  /  La Paz

 El artículo 12 de la Ley General del Trabajo estaba  referido al preaviso, desahucio y modalidades de contratación del trabajador. Según Eróstegui, al anularse ese artículo el trabajador se hace "propietario” de su fuente laboral, ya que no habría ninguna posibilidad de despedirlo, y puede mantenerse como trabajador hasta su muerte, a menos que se lo acuse de "ladrón”.

    Para Eróstegui, una de las causales de despido señaladas en la citada sentencia victimiza y estigmatiza además al trabajador, porque establece como una causal de despido que el obrero o funcionario hubiera robado algún secreto industrial o alguna propiedad material de la empresa o industria que lo contrató.

Entonces, de hecho y por anticipado, se acusa injustamente al trabajador de "ladrón”, ya que es la causalidad más clara que permitiría despedirlo.

El analista laboralista considera que si los fallos del TCP son irrevocables, la única forma de  reestructurar la relación obrero-patronal debido a la sentencia 009/17 , es que la dirigencia de la  Central Obrera Boliviana   y de la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia   acuerden reunirse para conciliar los contenidos de la Ley General del Trabajo.

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