El pleno de la Cámara de Diputados aprobó este jueves la reforma a la Ley del Notariado Plurinacional, que reduce de 90 a cinco días el plazo para la confirmación del divorcio notarial de mutuo acuerdo.
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“Se cambia este plazo porque no tiene sentido que las personas tengan que esperar tantos meses cuando hay una decisión de mutuo acuerdo para llevar adelante el divorcio. Nuestra intención, como Estado, es acortar plazos y desburocratizar los trámites de la gente”, dijo Gabriela Montaño, presidenta de Diputados.
Con la Ley de Notariado, un matrimonio, sin hijos ni disputa de bienes, que pretende separarse, debía presentar su solicitud de divorcio y luego esperar 90 días para confirmar ese deseo para consumar el trámite. Ahora el trámite en el marco del deseo consensuado, será de cinco días.
Según la instancia legislativa, la medida responde a la necesidad de agilizar el trámite para evitar que las partes abandonen la opción del divorcio notarial y lleguen a los juzgados públicos en materia familiar, congestionados de carga procesal.
Los requisitos para optar por un divorcio notarial son: La existencia de consentimiento y mutuo acuerdo entre los cónyuges sobre la disolución del matrimonio; inexistencia de hijos producto de ambos cónyuges; inexistencia de bienes gananciales y la inexistencia de pretensión de asistencia familiar para ninguno de los cónyuges.
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